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Se
trata de una ley, actualmente en trámite parlamentario,
que supondrá una reforma estructural del sector Servicios
y que responde a la necesidad de adaptar la legislación
española a la Directiva Europea de Servicios. Afectará
a 47 leyes estatales de diversos ámbitos sectoriales,
entre los que se encuentran los quioscos destinados a la venta
y distribución de periódicos.
Según
el propio Ministerio de Economía y Hacienda “la
aprobación de esta Ley Ómnibus tiene por objetivo
impulsar la creación de empresas, la competencia y la
internacionalización de las pequeñas y medianas
empresas españolas en el sector servicios”.
Para el Ministerio esta nueva legislación “beneficiará
particularmente a la pequeña y mediana empresa (PYME)
y a los autónomos, para quienes los costes de inicio
de actividad y las cargas administrativas que soportan son proporcionalmente
mayores.”

Las novedades
más importantes que introduce esta ley son:
- Se elimina
la obligación de una autorización administrativa,
existiendo libertad de establecimiento comercial
en todo el territorio nacional y con duración indefinida,
no pudiéndose limitar el número de permisos, también
para las empresas extranjeras.
- El prestador
de servicios estará obligado a dar respuesta
a las reclamaciones presentadas por los consumidores
en un plazo máximo de un mes.
- Las empresas
de servicios no necesitarán autorización
previa para ejercer su actividad, sustituyendo esta
figura por meras comunicaciones de inicio de la actividad o
declaraciones responsables por parte del prestador a la Administración.
- Se simplifican
procedimientos administrativos (tramitación telemática,
supresión de autorizaciones provisionales, unificación
de trámites de apertura y funcionamiento) y se
establece el silencio positivo como norma general.
Por otra parte
también se ha sabido que UPTA (Unión de
Profesionales y Trabajadores Autónomos) ha mantenido
contactos con el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso
de los Diputados para trasladar una serie de posibles enmiendas
a la Ley Ómnibus -contando con la presencia, entre otros,
de COVEPRES, vendedores de prensa- a fin de
que la norma que regule la actividad de los quiosqueros se base
en la libertad de servicios y mercado, superando la normativa
del año 1972, todavía parcialmente en vigor.
Otra de las enmiendas
presentadas por UPTA contempla el hecho de
los quioscos de planta baja también puedan vender
tabaco a través de máquinas expendedoras, al igual
que los quioscos de vía pública. También
–y esto creemos que es especialmente importante- se
pide que los vendedores de prensa puedan adquirir el producto
del tabaco directamente de las empresas tabaqueras
y no hacerlo obligatoriamente a través de los estancos.
elkiosco.info
[jueves 15 de octubre de
2009]
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