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La
Asociación Profesional de Vendedores de Prensa
de Valencia y Provincia (APVPVP) ha remitido a
SGEL y DISVESA un comunicado -firmado
por la presidenta Ana Valle- en el que insta
a reconsiderar la decisión adoptada sobre el recorte
de los plazos de devolución de los coleccionables.
Transcribimos
el contenido íntegro de dicha carta por su indudable
interés informativo y para conocimiento de todos los
asociados:
“La Junta
Directiva de esta Asociación, y yo como su presidenta,
me veo en la necesidad de trasladarle el malestar que hemos
recibido del colectivo al que representamos por las decisiones
que ha adoptado su empresa en relación con los plazos
de devolución de los coleccionables y que les ha sido
comunicada en circular de 3 de mayo.
Sin duda, el
contrato entre una distribuidora y el propietario de un quiosco
sea de difícil configuración jurídica,
lo que en modo alguno implica que no exista, como muchas veces
puedan ustedes pensar, y decimos esto, porque históricamente
podemos afirmar que de manera periódica, reiterada y
unilateral deciden cambios contractuales sin acuerdo o negociación
alguna.

El contrato entre
ustedes y un quiosco podríamos definirlo como un contrato
estimatorio por el que una de las partes (la distribuidora),
entrega a la otra (el quiosco) determinadas cosa muebles cuyo
valor estima en una cantidad cierta, obligándose ésta
a procurar su reventa dentro de un plazo y a devolver el valor
estimado de las cosas que vende y el resto de las no vendidas.
Vemos pues que
sí existe un contrato, y que de él nacen obligaciones
para ambas partes, las principales las antes enunciadas, pero
en las que no se agota el contenido jurídico del contrato
estimatorio que participa, como no podía ser de otra
manera, de las prestaciones propias de otros contratos mercantiles.
Este tipo de
contractos se van integrando, en sus diferentes aspectos, por
las condiciones que con el tiempo una y otra parte van aceptando,
de tal manera que son fruto de la bilateralidad, de tal suerte
que su modificación debe ser igualmente producto del
acuerdo de voluntades, no le de la imposición.
En este negocio
se evidencia pues la concurrencia de una comunidad de intereses,
sin la cual este contrato dejaría de tener sentido. En
este sentido nuestro colectivo entiende que la última
circular que han recibido de ustedes es una imposición
no negociada que rompe la bilateralidad, quebrando dicha comunidad,
y que no pueden admitir que de forma unilateral cambien las
condiciones de entrega y devolución de los coleccionables.
Han pensado en
profundidad la importancia de los cambios que “pretenden
imponer”, seguramente no, pues las nuevas condiciones
van a suponer que ante cualquier riesgo por parte del quiosco
de tener que abonar un coleccionable no vendido, en unos plazos
a todas luces cortos, se va a producir una devolución
generalizada de todo material que entrañe un riesgo de
no ser vendido, generando con ello un problema a los consumidores
que no van a encontrar stcoks de sus coleccionables. (Situación
que será muy grave en la temporada estival).
Nuestro colectivo
nos ha pedido que les hagamos llegar estas reflexiones para
que sepan, de una parte, que no van a aceptar mas imposiciones,
y de otra, que en el ejercicio de su decisión y autonomía
como empresarios van a rechazar cualquier producto o coleccionable
que no les resulte de su interés, pues entienden que
los contratos bilaterales los derechos y obligaciones de las
partes se negocian, no se imponen.
La voluntad de
esta Asociación es hacerles saber y conocer el malestar
de nuestro colectivo con decisiones como éstas y su firme
decisión de no aceptar nuevas y gravosas imposiciones
que les perjudican como comerciantes,
Hacemos una vez
más una llamada a la negociación, que de ser rechazada
por ustedes, lo haremos saber a nuestros asociados, para que
cada uno en el ejerció de su libertad adopte las medidas
que estime pertinentes.”
Ana Valle
Presidenta de la APVPVP
elkiosco.info
[martes 8 de junio de 2010]
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