Valencia, 29 de agosto de 2017.

La Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, ha aprobado los siguientes días inhábiles, a efectos laborales retribuidos y no recuperables, para el año 2018:

1 de enero (Año Nuevo)

19 de marzo (San José)

30 de marzo (Viernes Santo)

2 de abril (Lunes de Pascua)

1 de mayo (Fiesta del Trabajo)

15 de agosto (Asunción de la Virgen)

9 de octubre (Día de la Comunitat Valenciana)

12 de octubre (Fiesta Nacional de España)

1 de noviembre (Todos los Santos)

6 de diciembre (Día de la Constitución)

8 de diciembre (Inmaculada Concepción)

25 de diciembre (Navidad)

 

Con carácter retribuido y recuperable, se establece la fiesta del 6 de enero (Reyes Magos).

 

Se opta por el día 19 de marzo como festivo, en lugar del 25 de julio (Santiago Apóstol). Se adoptan, como fiestas tradicionales de la Comunitat Valenciana, los días 2 de abril (Lunes de Pascua) y 9 de octubre (Día de la Comunitat Valenciana). Por último, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, establece como fiesta recuperable el 6 de enero (Reyes Magos).