Se trata de una ley, actualmente en trámite parlamentario, que supondrá una reforma estructural del sector Servicios y que responde a la necesidad de adaptar la legislación española a la Directiva Europea de Servicios. Afectará a 47 leyes estatales de diversos ámbitos sectoriales, entre los que se encuentran los quioscos destinados a la venta y distribución de periódicos.

Según el propio Ministerio de Economía y Hacienda “la aprobación de esta Ley Ómnibus tiene por objetivo impulsar la creación de empresas, la competencia y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas españolas en el sector servicios”. Para el Ministerio esta nueva legislación “beneficiará particularmente a la pequeña y mediana empresa (PYME) y a los autónomos, para quienes los costes de inicio de actividad y las cargas administrativas que soportan son proporcionalmente mayores.”

Las novedades más importantes que introduce esta ley son:

– Se elimina la obligación de una autorización administrativa, existiendo libertad de establecimiento comercial en todo el territorio nacional y con duración indefinida, no pudiéndose limitar el número de permisos, también para las empresas extranjeras.

– El prestador de servicios estará obligado a dar respuesta a las reclamaciones presentadas por los consumidores en un plazo máximo de un mes.

– Las empresas de servicios no necesitarán autorización previa para ejercer su actividad, sustituyendo esta figura por meras comunicaciones de inicio de la actividad o declaraciones responsables por parte del prestador a la Administración.

– Se simplifican procedimientos administrativos (tramitación telemática, supresión de autorizaciones provisionales, unificación de trámites de apertura y funcionamiento) y se establece el silencio positivo como norma general.

Por otra parte también se ha sabido que UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos) ha mantenido contactos con el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados para trasladar una serie de posibles enmiendas a la Ley Ómnibus -contando con la presencia, entre otros, de COVEPRES, vendedores de prensa- a fin de que la norma que regule la actividad de los quiosqueros se base en la libertad de servicios y mercado, superando la normativa del año 1972, todavía parcialmente en vigor.

Otra de las enmiendas presentadas por UPTA contempla el hecho de los quioscos de planta baja también puedan vender tabaco a través de máquinas expendedoras, al igual que los quioscos de vía pública. También –y esto creemos que es especialmente importante- se pide que los vendedores de prensa puedan adquirir el producto del tabaco directamente de las empresas tabaqueras y no hacerlo obligatoriamente a través de los estancos.