La Comunidad Valenciana ha modificado la Ley de Horarios Comerciales, siendo la medida más importante la que reduce de 300 m2 a 150 m2 la superficie de ventas con libertad total de horarios. Sólo los comercios que tengan una superficie útil de exposición y venta inferior a los 150 m2 tendrán libertad de días y horario de apertura.
Sin embargo, los establecimientos excluidos de este límite de 150 m2, y por tanto con total libertad de horarios, son los que comercializan unos determinados artículos, como son productos de pastelería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, flores y plantas, tiendas de conveniencia, tiendas en estaciones y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreo, así como tiendas en zonas declaradas de gran afluencia turística. Los que vendan productos culturales tienen la posibilidad de abrir todos los domingos y festivos con un límite de 12 horas diarias y 90 semanales. El resto de establecimientos podrá abrir con un máximo de 90 horas a la semana y sólo podrán hacerlo también en los festivos que determine la Consellería de Industria, Comercio e Innovación.
Por ello, la Dirección General de Comercio y Consumo, dependiente de la consellería mencionada y a través de su Directora General de Comercio, Silvia Ordiñaga, ha puesto en marcha una campaña informativa para dar a conocer estas modificaciones a los comercios de nuestra comunidad. Esta campaña contempla visitas de los inspectores de Comercio a los establecimientos para dar a conocer e informar a sus titulares de los cambios en la normativa. También se está enviando material informativo a los comerciantes, asociaciones comerciales y empresariales, así como a las cámaras de comercio y a los ayuntamientos. Hay que tener en cuenta que es obligación para el comerciante exponer un cartel con los días y el horario de apertura del establecimiento.
Según la Directora de Comercio y Consumo, “la posibilidad de abrir en domingos y festivos para los comercios a partir de 150 m2 de sala de ventas se reduce, desde este momento, a los días que anualmente se autorizan por la Generalitat”.
Esta nueva normativa responde a los compromisos adquiridos entre la Conselleria y las asociaciones del pequeño comercio valenciano que siempre han planteado imponer condiciones de carácter normativo a la libertad de horario que disfrutaban determinados tipos de locales. Son los denominados locales asiáticos que abren de lunes a domingo y con una media de 14 horas al día, unos locales que se habían constituido en un competidor muy fuerte del comercio de carácter tradicional y familiar. Esta modificación legislativa restringe la libertad total de apertura que disponían este tipo de establecimientos e incorpora un apoyo al comercio urbano. El incumplimiento de la normativa puede suponer sanciones de hasta 60.000 euros.
Para el quiosco valenciano esta modificación en la Ley de Horarios Comerciales supone un elemento de satisfacción aunque no deja de ser un pequeño respiro ante tanta adversidad.