Ya se ha publicado la convocatoria para 2013 de concesión de préstamos con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior.

La línea de financiación tiene por finalidad apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior minorista y, en particular, de las pequeñas y medianas empresas del sector.

La financiación convocada consiste en préstamos sobre un máximo del 80 por ciento del valor del proyecto con una cuantía máxima de 640.000 euros por proyecto. El proyecto para el que se solicite financiación deberá tener un valor mínimo de 30.000 euros.

Las condiciones de financiación son:

a) Los plazos de amortización serán de cinco y siete años, con posibilidad de un año de carencia de principal y de diez años con posibilidad de dos años de carencia de principal.

b) Tipo de interés para el cliente:

– Préstamos a cinco años sin carencia, fijo, al 3,745%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a cinco años con un año de carencia, fijo, al 3,745%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a siete años sin carencia, fijo, al 4,360%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a siete años con un año de carencia, fijo, al 4,360%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a diez años sin carencia, fijo, al 4,836%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a diez años con dos años de carencia, fijo, al 4,885%, más hasta un 4,30%.

c) No se aplicarán comisiones ni penalizaciones por cancelación anticipada voluntaria de los préstamos.

Los proyectos de inversión que se presenten para ser objeto de financiación deberán enmarcarse en alguna de las categorías siguientes:

1. Implantación, innovación y financiación de las pequeñas y medianas empresas del sector comercio, y del sector de prestación de servicios de atención a menores, personas mayores y dependientes.

a) Gastos e inversiones derivados de la apertura de nuevos establecimientos comerciales, de la especialización o la innovación, así como los destinados a la prestación de servicios de atención a menores, personas mayores y dependientes.

b) Obras de reacondicionamiento y modernización de establecimientos comerciales existentes.

c) Implantación de sistemas de tecnologías de la información, comunicaciones, seguridad y eficiencia energética.

Cualquier proyecto enmarcado en alguna de las categorías anteriores podrá incluir la financiación de gastos corrientes tales como nóminas, alquileres, pagos a proveedores, adquisición de mercancía o cualquier otro de esta naturaleza con un límite del 50% del importe de la financiación solicitada.Los beneficiarios de estos préstamos pueden ser:

a) las entidades locales, las entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas,

b) las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales,

c)  las cámaras oficiales de comercio y

d) las pequeñas y medianas empresas pertenecientes al sector comercio.

Pueden leer la Resolución completa del Ministerio de Economía y Competitividad en el apartado en nuestra sección de Legislación y documentos [acceder].