Debido a la reciente confusión creada informamos sobre los trámites necesarios para la concesión de autorización de venta de tabaco para los quioscos de planta baja que nos ha sido transmitida por el Comisionado para el Mercado de Tabacos (CMT).
Antes que nada es conveniente recordar que los siguientes trámites se refieren a quioscos cuya principal actividad es la venta de prensa y revistas.
Las solicitudes de quioscos de planta baja que se presentaron antes del 7 de enero y que fueron denegadas por el CMT, pueden volver a enviar solicitud por correo certificado, aportando la siguiente documentación:
COPIA DE LA NOTIFICACIÓN DENEGATORIA, INDICANDO EL Nº DE EXPEDIENTE.
FOTOCOPIA DEL D.N.I. DEL TITULAR DEL PUNTO DE VENTA.
DECLARACIÓN CENSAL DE OBLIGADOS TRIBUTARIOS MODELO 036 ó SIMPLIFICADA MODELO 037.
SUPERFICIE (m2) DEL LOCAL.
SUPERFICIE (m2) CON DEDICACIÓN A LA ACTIVIDAD DE VENTA DE PRENSA.
ACREDITACIÓN DE ACTIVIDAD DE VENTA DE PRENSA (fotocopia factura, contrato suministrador prensa…)
Tenemos información de que el CMT, al objeto de facilitar los trámites de concesión de la autorización está pidiendo fotografías del local y de su acceso a la vía pública. Ello se hace para acreditar que la actividad principal del solicitante es la venta de prensa y tratar así de que otros establecimientos que no están contemplados en la modificación introducida por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (la que ha permitido recientemente la venta de tabaco a todos los quioscos, de vía pública y de planta baja), puedan aprovechar la ocasión para poner máquinas de tabaco.
Al resto de quioscos que han hecho la solicitud después del 7 de enero o que próximamente van a llevarla a cabo, junto a la documentación antes citada (con excepción de la número 1.), deberán añadir el documento DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN DE LA TASA POR AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA DE TABACO CON RECARGO – CÓDIGO 598 (impreso que sella el estanquero de la expendeduría de suministro). Para ello, el solicitante debe dirigirse al estanco donde decida suministrarse de tabaco (que debe ser uno de los tres más cercanos al punto de venta), y allí le facilitarán un modelo de instancia en papel autocopiativo con cuatro ejemplares que debe cumplimentar. Posteriormente deberá abonar la tasa.
Para cualquier duda o información complementaria, los puntos de venta asociados pueden dirigirse por teléfono a nuestra asociación (APVPVP), llamando al 963 783 764.





