La Seguridad Social sigue rechazando la mayoría de las solicitudes de cese de actividad que presentan los autónomos.

Según los últimos datos publicados por la Seguridad Social y actualizados hasta febrero de 2025, de las 3.776 solicitudes que presentaron los autónomos para acceder al cese de actividad en lo que va de año, 2.209 fueron rechazadas. Esto significa que un 65% de los trabajadores por cuenta propia que pidieron en estos últimos meses, no pudieron cobrarlo, a pesar de haber cerrado su negocio.

Motivos por los que se deniegan la mayoría de las prestaciones de los autónomos en 2025:

Entre los motivos más frecuentes por los que se deniegan la mayoría de las prestaciones están los siguientes:

  • No acreditar correctamente la causa del cese

La causa que aglomera la inmensa mayoría de los rechazos en el acceso al cese de actividad es, precisamente, que el autónomo no haya acreditado correctamente el motivo que le daría derecho a esta prestación. 

Según la Seguridad Social, hasta febrero de 2025, 2.209 solicitudes fueron rechazadas. Y de ellas, 1.335 -más de la mitad- se denegaron por no haber acreditado correctamente los motivos de la prestación en particular a la que estaba intentando acceder el autónomo.

A diferencia del paro de los asalariados, el cese de actividad no nace por el simple hecho de cerrar el negocio, sino que hace falta estar encuadrado en alguno de los motivos o casuísticas que marca la ley. Existen casi una decena de causas para acceder al cese. Por ejemplo, haber perdido la licencia para desarrollar la actividad, verse obligado a cerrar por fuerza mayor o, este año como novedad, mantener deudas y una caída de ingresos continuada.

 

  • No tener el periodo de cotización suficiente

Otro de los motivos por los que la Seguridad Social ha denegado una parte de las solicitudes de cese de actividad de los autónomos es no cumplir con el periodo de cotización obligatorio para acceder a la prestación.

Según los datos de la Tesorería, 171 solicitudes de acceso al paro fueron rechazadas en lo que va de año por no tener suficientes meses de cotización por cese de actividad.  El mínimo para poder causar derecho a esta prestación son doce meses de cotización acumulada.

 

  • No estar al corriente en el pago de las cuotas

El siguiente motivo por el que se han denegado una parte de las solicitudes de acceso al cese de actividad este año es no estar en ese momento al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social. 

Según las cifras de la Tesorería, en lo que va de 2025 se registraron un total de 54 solicitudes de autónomos denegadas por incumplir el requisito de no tener deudas con la Seguridad Social. En este caso, para resolver la incidencia y que se acepta la solicitud, el autónomo sólo tiene que pagar las cotizaciones que tiene pendientes para ponerse al corriente de pago y poder acceder al paro.

 

  • Otras causas

Uno de los motivos que más denegaciones acumula es el apartado de “otras causas”, que cuenta con un total de 647 solicitudes rechazadas. En esta sección, la Seguridad Social incluye todo tipo de razones distintas a las anteriores por las que se ha podido denegar el paro a los autónomos.

Algunas de las más habituales podrían ser las relacionadas con defectos formales, como por ejemplo, no haber aportado parte de la documentación mínima requerida o no haber completado determinados campos básicos en el formulario de solicitud de la prestación.

 

La experiencia durante la pandemia del covid-19 nos demostró que el cese de actividad es un mecanismo imprescindible como colchón social ante futuras crisis, como podría ocurrir con la crisis arancelaria. Es fundamental que las medidas complementarias, que ya están a disposición de las grandes empresas, se trasladen también al colectivo de autónomos, compuesto principalmente por personas físicas”, afirmó el presidente de UPTA.