El 1 de enero de 2026 la Agencia Tributaria tendrá acceso total a las transferencias hechas por Bizum entre autónomos, empresas y profesionales.

Así lo establece el Real Decreto 253/2025 que modifica las obligaciones de información para entidades bancarias y suprime el umbral mínimo que obligaba a las entidades financieras a informar únicamente de las transferencias superiores a 10.000 euros.

El Real Decreto establece que las entidades financieras deberán remitir un informe mensual detallado sobre este tipo de operaciones, incluyendo datos como la identidad del receptor, el número de comercio, los terminales de pago utilizados, los importes totales y las cuentas bancarias implicadas.

Es importante recordar que, anteriormente, el umbral de las entidades financieras para informar a Hacienda sobre los movimientos a través de Bizum era de 3.000 euros. Pero con este cambio, todas las operaciones pasarán a estar controladas por la Agencia Tributaria, por lo que se abrirá una inspección al negocio o trabajador si se detecta una actividad inusual.

Los autónomos y empresas pueden aceptar pagos a través de Bizum, ya sea de forma presencial (en comercios) o a través de enlaces o QR en e-commerce.

Los ingresos recibidos por Bizum deben declararse como cualquier otro ingreso profesional, incluyendo el IRPF y el IVA, si corresponde.

De ese modo, en menos de un año, Hacienda podrá estar más pendiente que nunca de los distintos movimientos que se hagan a través de este servicio tan usado entre los usuarios. Y es que tendrá acceso a todas las transferencias que las empresas o autónomos envíen o reciban a través de Bizum, sea cual sea el importe.

Con esta decisión, Hacienda refuerza su estrategia de control fiscal sobre los medios de pago digitales, poniendo especial atención en el creciente uso de Bizum en sectores como el comercio

El “Bizum” ha escalado posiciones hasta convertirse en un método de cobro habitual para muchos profesionales por cuenta propia, planteando nuevas dinámicas y, cómo no, nuevas formas de escrutinio por parte de la Agencia Tributaria. Los autónomos españoles, siempre en el alambre de la burocracia y las presiones fiscales, se encuentran ahora ante la tesitura de integrar esta herramienta en su facturación de manera correcta.

Para los trabajadores autónomos, que en su mayoría emplean este método de cobro, la medida podría resultar problemática, especialmente porque muchos utilizan una misma cuenta bancaria para sus finanzas personales y profesionales. Esto podría generar confusión en la Agencia Tributaria a la hora de interpretar sus movimientos económicos, lo que aumentaría el riesgo de ser objeto de inspecciones o sanciones.