La recién aprobada Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores establece reducciones y bonificaciones en las cuotas a pagar a la Seguridad Social para autónomos que causen alta inicial o no hubiesen estado en alta en los últimos cinco años:
Reducción equivalente al 80% de la cuota mínima durante los 6 primeros meses.
Reducción equivalente al 50% de la cuota mínima durante los 6 meses siguientes.
Reducción equivalente al 30% de la cuota mínima durante los 3 meses siguientes al periodo establecido en el punto anterior.
Bonificación del 30% de la cuota mínima en los 15 meses siguientes a la finalización de la reducción (para menores de 30 años).
Además los trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33% tienen derecho a reducciones y bonificaciones durante los 5 años a partir del alta:
Reducción equivalente al 80% de la cuota mínima durante los 6 primeros meses.
Bonificación del 50% de la cuota durante los 54 meses siguientes.
Si además este trabajador autónomo discapacitado es menor de 35 años:
Reducción equivalente al 80% de la cuota mínima durante los 12 primeros meses.
Bonificación del 50% de la cuota durante los 4 años siguientes.
Esta Ley posibilita compatibilizar desempleo y trabajo autónomo para menores de 30 años.
Además se podrá compatibilizar el cobro del desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia. Esta compatibilidad será por un periodo máximo de 270 días cuando los trabajadores sean menores de 30 años y no tengan empleados a su cargo.
Los menores de 30 años pueden capitalizar el pago de la prestación por desempleo, destinándola a realizar una aportación al capital social de una sociedad de nueva creación o constituida en los 12 meses anteriores, siempre que desarrollen una actividad profesional respecto a la nueva sociedad independientemente del Régimen de la Seguridad Social donde se encuadren.
También se amplia para estos autónomos menores de 30 años de 24 a 60 meses el período durante el cual se puede reanudar el cobro de la prestación por desempleo.





