Valencia, 24 de septiembre de 2014.

 

El Ministerio de Economía y Hacienda ha modificado por medio del Real Decreto 748/2014 la Ley de Ordenación del Mercado del Tabaco que contempla como modificaciones más importantes, que afectan a los vendedores de prensa que tengan máquinas de venta de tabaco con recargo, las siguientes:

 

  • Se podrá realizar de forma exclusivamente manual la venta de cigarros y cigarritos provistos de capa natural, quedando comprendida la autorización dentro de la autorización para la venta con recargo mediante máquina.

 

  • El Comisionado podrá exigir la instalación de sistemas de control telemático en línea para el control de la máquina expendedora, ello en el caso de indicios de falta de correspondencia entre las ventas documentadas y la facturación real.

 

  • Será libre por parte de las expendedurías la comercialización de otros productos o la prestación de servicios, sin más requisitos que la presentación de una declaración responsable ante el Comisionado.

 

  • Las nuevas concesiones tendrán una duración de 25 años.

 

  • El almacenamiento de los productos deberá realizarse en los lugares en que radiquen las correspondientes expendedurías o puntos de venta con recargo. Sin embargo, en el mismo artículo se establece que en los puntos de venta con recargo sólo se podrá almacenar en el interior de las máquinas expendedoras.

 

  • Se vuelve a incidir que los titulares de la venta con recargo deberán abastecerse de entre las tres más próximas al local cuyo servicio se pretende atender, excepción hecha de los cigarros de capas naturales que será entre las tres más próximas, siempre y cuando dispongan de las instalaciones adecuadas para su conservación, con diversidad de vitolas y que garanticen un suministro inmediato.

 

  • Se regula el sistema de vendís y su contenido mínimo, entre la expendeduría y el punto de venta con recargo.

 

  • También se regula el transporte entre la expendeduría y el punto de venta con recargo, en la medida que el expendedor no pueda realizar el transporte de la mercancía y se valga de mandatarios.

 

Lo más llamativo está en lo referente al almacenamiento del tabaco, una medida incoherente, ya que cada vez que el punto de venta tenga que recargar la máquina debe ir al estanco….. por lo que es imposible mantenerlas con todos los canales operativos, en perjuicio tanto del consumidor como de las marcas más demandadas.

Incomprensible.