Recordamos algunas de las novedades más significativas previstas en las diferentes normas fiscales, laborales y de Seguridad Social publicadas recientemente:
El Salario Mínimo Interprofesional para 2013 es de 21,51 euros día o 645,30 euros al mes.

Entre las nuevas infracciones que establece la Ley destacamos en materia de Seguridad Social, la comunicación fuera de plazo de los datos, certificados y declaraciones que estén obligados a proporcionar –comunicación de partes de trabajo, confirmación de alta y baja…– por lo que les recordamos la importancia de entregar la documentación a tiempo para poder realizar las comunicaciones y evitar con ello que su empresa sea sancionada.
Lo trabajadores autónomos que a 1 de enero tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.870,50 euros mensuales no podrán elegir una base de cotización superior a 1.888,80 euros, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2013.
Se prorroga durante el ejercicio 2013 la vigencia del Impuesto sobre Patrimonio, que fue restablecido con carácter temporal para los ejercicios 2011 y 2012, por tanto en 2014 se presentará dicha declaración.
Finalmente recordarles que el modelo 347 (Declaración anual de operaciones con terceros) y el modelo 184 (Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas) se tiene que presentar durante es mes de febrero y no en marzo como en anteriores años.





