Durante el mes de octubre (antes del 1 de noviembre) tenemos la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar.
Cualquier modificación tendrá efectos a partir del día 1 de enero del próximo año.
A título de ejemplo publicamos una escala comparativa con algunas opciones, teniendo en cuenta los importes vigentes en 2013:
BASE | TIPO DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES COBERTURA IT | CUOTA A PAGAR €/MES |
858,60 (mínima en 2013) | 29,90 % | 256,72 |
925,80 Mínima para trabajadores de 48 o más a 1-1-2013, salvo excepciones | 29,90 % | 276,81 |
1.000,00 | 29,90 % | 299,00 |
1.202,00 | 29,90 % | 359,40 |
1.888,80 Máxima para trabajadores de 47, 48, 49 y 50 años o más, salvo excepciones | 29,90 % | 564,75 |
3.425,70 (máxima 2013) | 29,90 % | 1.024,28 |
También queremos recordar que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá incrementar anualmente y de forma automática su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.





