El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mantiene un calendario de reformas que modifican las condiciones de retiro, aplicando un endurecimiento en las exigencias de edad y cotización.

Hasta ahora, el porcentaje que corresponde a un autónomo se calculaba mediante una escala progresiva aplicada directamente sobre la base reguladora. Es decir, no bastaba con haber trabajado 15 años para acceder automáticamente al 100% de la jubilación ordinaria.

Con esos 15 años cotizados, la normativa establece que el trabajador solo tiene derecho a cobrar el 50% de su pensión.

A partir de ese mínimo, cada mes adicional de aportaciones al sistema incrementa el porcentaje final hasta alcanzar la totalidad del subsidio.

La gran novedad, que ya se está aplicando,  es que el ritmo al que aumenta este porcentaje se volverá notablemente más lento, una medida que endurecerá el acceso a cobrar la pensión para el colectivo.

Durante este año 2026, la cifra crecerá un 0,21% por cada mes cotizado entre el mes 1 y el 49 tras los primeros 15 años, y un 0,19% por cada mes adicional. Sin embargo, a partir de 2027 el incremento bajará al 0,19% durante los primeros 248 meses adicionales y se reducirá al 0,18% a partir de ese punto.

Por lo tanto, se necesitará cotizar más tiempo para llegar al máximo de la prestación, afectando sobre todo a quienes no tengan carreras laborales largas y estables.

Por otra parte, la posibilidad de una transición más flexible entre empleo y jubilación y favorecer así que quienes deseen continuar trabajando puedan hacerlo sin perder completamente su prestación, podrán hacerlo, eliminando así esa diferencia que existía entre los empleados por cuenta ajena y los autónomos y extender esta fórmula también a este colectivo.

La reforma de la jubilación flexible va a permitir a los pensionistas volver a trabajar como autónomos y cobrar una parte de su pensión.

Durante años, la jubilación flexible ha estado reservada a los trabajadores asalariados, lo que excluía a los autónomos de la posibilidad de seguir trabajando mientras percibían parte de su pensión

La medida se enmarca dentro de la reforma de pensiones pactada entre el Gobierno, sindicatos y empresarios en 2024 y entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La principal novedad es que los jubilados autónomos podrán volver a desarrollar una actividad por cuenta propia sin renunciar completamente a su prestación. En concreto, podrán percibir hasta un 25% de la pensión mientras mantengan su actividad laboral no siendo necesario esperar un año desde la jubilación para acceder a esta modalidad.

Además, no será necesario esperar un año desde la jubilación para acceder a esta modalidad, lo que supone una interesante ventaja.No obstante, la regulación establece una condición para acceder a esta modalidad: no haber estado dado de alta como autónomo en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.

Además, no será necesario esperar un año desde la jubilación para acceder a esta modalidad, lo que supone una interesante ventaja.