Sabemos que no son buenos tiempos para subirnos nada, pero… Antes de 1 de mayo los autónomos tenemos la oportunidad de modificar la base de cotización y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según la edad, con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal. Estas modificaciones tendrán efectos a partir del 1 de julio de 2012.
A continuación, y a modo de ejemplo, vemos una escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2012):
| ||||||||||||||||||||||||
También os informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2012 tengan 47 años de edad y cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por una base inferior a 1.682,70 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.870,50 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2012.





