El Título I del R.D.L. 5/2021 prevé la creación de la Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas, por parte del estado
Se beneficiarán los autónomos y empresas no financieras con sede social en territorio español.
Autónomos o empresas cuyo volumen de operaciones anual en 2020 tiene que haber caído al menos un 30% con respecto a 2019 y su actividad esté incluida en los códigos CNAE publicados en el Real Decreto Ley, entre los que se encuentran los puntos de venta.
Además, los solicitantes deben tener su sede social en territorio español, no haber tenido pérdidas en 2019 y estar al corriente en el pago de los impuestos y de la Seguridad Social.
Por otra parte, los destinatarios de estas medidas se comprometen a mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
Los autónomos en régimen de IRPF pueden solicitar una ayuda de hasta 3.000 €.
El destino de la ayuda percibida debe servir para el pago de deudas devengadas entre marzo de 2020 y mayo de 2021 y que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021, en este supuesto se encuentran las deudas a proveedores, la reducción de nominal de duda bancaria con aval público, los costes fijos y la reducción nominal de resto de deuda bancaria.
Estas ayudas se canalizan a través de las comunidades autónomas que se encargarán de la tramitación, la gestión, la resolución y de su abono.
El plazo de solicitud de estas ayudas finaliza el 31 de diciembre de 2021 o hasta agotar los 7.000 millones de euros, destinados a ellas.