Para solicitar el borrador de nuestra declaración de renta, cualquiera que sea su resultado tenemos de plazo desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de este año para la solicitud por vía telefónica y desde el 5 de mayo y hasta el 30 de junio por vía presencial.
Este año para obtener, modificar y confirmar el borrador o para presentar la autoliquidación a través de Internet cualquiera que sea el resultado, los contribuyentes podemos utilizar además el certificado D.N.I. electrónico o del número de referencia suministrado por la Agencia Tributaria, un nuevo sistema de identificación para realizar trámites denominado PIN 24H: que otorgará al usuario un código de acceso con validez de 24 horas y que se podrá renovar cada vez que necesite volver a realizar un trámite.

No se podrán entregar declaraciones realizadas a mano. Sólo serán válidas las declaraciones en papel confeccionadas utilizando el programa PADRE, desapareciendo la declaración en papel preimpreso o mediante módulo de impresión distinto del programa PADRE, que ha puesto nuevo este año la Agencia Tributaria y que permitirá la descarga conjunta de todos los datos de la unidad familiar y ofrece un resumen de resultados con hipervínculos para agilizar así la presentación.
Los contribuyentes que presentaban su declaración manuscrita pueden utilizar el servicio de cita previa.
En lo relativo a exenciones desaparece la exención total de los premios de lotería y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la ONCE. Se crea un gravamen especial del 20 por 100 sobre los premios cuando su importe sea superior a 2.500 euros, en la parte que exceda a dicho importe.
Se suprime el límite de 15.500 euros aplicable a la exención en el IRPF de las prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único.
En lo que respecta a deducciones por inversión empresarial se contempla deducción por la inversión de beneficios, se aumenta el importe de las cantidades de la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad y aparecen dos nuevas deducciones fiscales por la contratación por parte de PYMES de trabajadores menores de 30 años y desempleados.





