Estamos en fecha de cumplir con la presentación del Impuesto de Sociedades, correspondiente al ejercicio pasado, el plazo finaliza el 25 de julio, si el ejercicio es natural, si no y con carácter general el plazo se computa en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

Este año hay una serie de novedades, pasamos a detallar algunas de ellas:

Deducción por gastos de formación profesional: se extiende al ejercicio 2013 el derecho por parte de las empresas a aplicar la deducción por gastos de formación en el Impuesto sobre Sociedades en relación con los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.

Tipo reducido por mantenimiento a creación de empleo: se prorroga al ejercicio 2013 la aplicación del tipo de gravamen reducido en el impuesto sobre Sociedades por mantenimiento o creación de empleo para las microempresas. Para empresas con una facturación inferior a cinco millones de euros y plantilla menor de 25 trabajadores. La plantilla además tiene que ser igual o superior a la de 2008. Con esos requisitos se aplicará un tipo del 20% sobre los primeros 300.000 euros y 25% en el sobrante. Esta medida tiene también su vertiente en el IRPF , en forma de reducción del rendimiento neto de actividades económicas.

Tipo reducido para pymes de nueva creación constituidas a partir del 1 de enero de 2013. A las pymes de nueva creación se les aplica en el impuesto sobre sociedades un tipo reducido del 15% para los primeros 300.000 euros de base imponible. A partir de ese nivel, se aplica un gravamen del 20%..

Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad: según el artículo 26.tres de la Ley 14/2013. Se establecen diferentes importes según grado de discapacidad del contratado. También se elimina la obligación de que el contrato sea por tiempo indefinido. También se deroga la deducibilidad de las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de establecimiento permanente.

Traslado de la residencia de una sociedad, cese de actividad de un establecimiento permanente o transferencia de activos de ese establecimiento. Es obligatorio presentar la autoliquidación del impuesto de sociedades a través de internet. Modelo 200 (formato electrónico) de declaración individual. Modelo 220 (formato electrónico) a presentar por los grupos fiscales de consolidación fiscal.