La Diputación Provincial de Valencia publica una convocatoria y las bases del programa de becas de formación para jóvenes desempleados.

La duración máxima de las becas será de 3 meses y deberán abarcar necesariamente los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2012.

La dedicación de los destinatarios de las becas será, como mínimo, de 20 horas semanales.

El importe mensual bruto de la dotación para el becario/a para cada una de las becas se fija en 500 € mensuales. Sobre dicho importe habrá de practicarse, la retención correspondiente a la cotización a la Seguridad Social y las demás que pudieran corresponder.


Son destinatarios de las becas los jóvenes desempleados residentes en municipios de la provincia de Valencia, que hayan finalizado estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior, en los cursos académicos 2010-2011 ó 2011-2012, y con una edad máxima de 30 años cumplidos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los destinatarios son jóvenes que, poseyendo la vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia antes de la fecha de la publicación de las bases, aspiren a ser destinatarios de las becas que se concedan por aplicación de la subvención, para la realización de los proyectos juveniles, deberán presentar la solicitud de inscripción en un único municipio de la provincia de Valencia en el que deseen realizar la práctica y deberán reunir, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:

1.- Poseer vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia; requisito éste que debe de cumplirse con anterioridad a la fecha de publicación de las presentes bases.

2.- Tener como máximo 30 años cumplidos en el momento de finalización del plazo de solicitudes establecido por cada uno de los ayuntamientos.

3.- Haber finalizado estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior en los cursos académicos 2010-2011 ó 2011-2012.

4.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga finalidad, así como no desarrollar una actividad laboral ninguna durante el periodo de disfrute de la beca.

Dotación económica

La subvención que se concede por la Diputación tiene como fin sufragar el 100 % de la dotación mensual bruta de al beca percibir por el becario y que se considera, a efectos de la presente convocatoria, por importe de 500€ por beca y mes concedidos.

Solicitud de los estudiantes

Estas becas se adjudicarán entre los jóvenes desempleados que lo soliciten, que presentarán solicitud de inscripción en el correspondiente ayuntamiento a la que acompañaran, como mínimo, la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI o documentación acreditativa equivalente.

Documentación acreditativa de haber finalizado estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior en los cursos académicos 2010-2011 ó 2011-2012.

Documento acreditativo de encontrarse en situación de desempleo.

Acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, realizada mediante declaración responsable o a través de cualquier de los medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos concordantes de su Reglamento.

El plazo de presentación de solicitudes garantizará la posibilidad de concurrencia.

Las entidades locales beneficiarias realizarán la selección de los jóvenes desempleados destinatarios de las becas de entre aquellos inscritos y en función de sus características y necesidades concretas, una vez finalizado el plazo de presentación de inscripciones.

Las entidades locales valorarán con carácter preferente aquellos casos en los que el solicitante acredite situación de discapacidad. La entidad local también tomará en consideración, siempre que ello sea posible, la situación socioeconómica de la unidad familiar del solicitante.

La relación de becas concedidas será remitida por las entidades locales a la Diputación, mediante certificado debidamente firmado por el Secretario General.

Esta relación deberá remitirse con anterioridad al 15 de septiembre de 2012.

En el supuesto de que se produzca una renuncia, baja o finalización del periodo de vigencia de la beca, la entidad local podrá cubrir la misma mediante su adjudicación a los solicitantes siguientes por el orden obtenido en el proceso de selección. En el supuesto de que el periodo de disfrute de la beca sea inferior al mes natural, el estudiante beneficiario percibirá la cantidad que le corresponda en atención al tiempo disfrutado.

La condición de becario/ becaria no generará en ningún momento relación laboral o administrativa alguna ni con la Diputación ni con las entidades locales participantes a esta convocatoria.

Para consultas Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, del día 8 de agosto de 2012, en la sección correspondiente a Diputación Provincial.

Ánimo y suerte…